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Autores/as: José María de la Cuesta Sáenz
Esas materias obligatorias son: Parte general y derecho de la persona, obligaciones y contratos, derechos reales, y familia y sucesiones. Pero, pese a su generalización, sus contenidos respectivos y su correspondencia en créditos ECTS, resultan muy divergentes en cada centro de los que imparten la docencia del grado en Derecho, lo que justifica un enfoque de la máxima flexibilidad como el que se ha adoptado en este código universitario. En efecto se ha optado por situar en primer lugar las normas constitucionales, el código civil y las normas que ocupan parcialmente su lugar en los territorios dotados de un derecho civil propio, para en una segunda parte, reproducir la legislación civil complementaria relativa a las materias por lo común obligatorias a cargo del área de conocimiento derecho civil.