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Autores/as: Leonel Pereznieto Castro , Jorge Alberto Silva Silva
El análisis de las normas de derecho convencional internacional sólo alcanza a resolver una parte de los problemas de tráfico internacional. Incluso puede considerarse que tales normas se aplican en casos excepcionales. Es decir, los tratados sólo se aplicarán cuando las relaciones jurídicas por resolver indiquen, mediante sus puntos de conexión, que están vinculadas con Estados que sean parte de algún instrumento convencional internacional que también México haya ratificado. Pero aunque México es suscriptor de diversos convenios, no todos ellos resuelven la gran problemática que presentan las relaciones de tráfico jurídico. De ahí que nos hubiésemos decidido a destacar con mayor interés las respuestas que proporciona el derecho interno.